El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

Es un indicador utilizado en hipotecas de tipo variable, y se calcula teniendo en cuenta la media de los préstamos a tres años concedidos por entidades bancarias (IRPH de entidades bancarias), según la oferta media de cajas de ahorro (IRPH de cajas de ahorro) y el global de las entidades (IRPH del conjunto de las entidades).

La supuesta ventaja del IRPF frente al EURIBOR fundamentalmente es que el primero era un indicador menos volátil y con menores oscilaciones, es decir que no subiría como lo venía haciendo el Euribor, pero la gran desventaja del IRPH frente al Euribor, es que era y sigue siendo en la actualidad más caro, y es que una hipoteca referenciada al IRPH supondrá entre un 1,5% y un 3% más.

En definitiva, el IRPF además de haber resultado más costoso que el Euribor ha sido lento en reflejar la bajada de los tipos de interés de los préstamos. No obstante, hemos de tener en cuenta que la principal causa de esto, es la fórmula del cálculo, por lo que dejó de utilizarse en noviembre de 2013, cuando el Boletín Oficial del Estado dejó de publicaros conforme a la Disposición Transitoria Decimoquinta de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, pero ello no obstaculizó que se siguiese aplicando a las hipotecas hasta que llegó su revisión.

El pasado 10 de septiembre del presente año 2019, el Abogado General de la Unión Europea (Maciej Szpunar) dió a conocer sus conclusiones sobre el conflicto judicial por el índice de referencia para préstamos hipotecarios IRPH.  En dichas conclusiones, indicó que los jueces españoles podrían controlar el carácter potencialmente abusivo del uso del IRPH en los créditos, pero hemos de tener en cuenta, que éste dictamen no es vinculante, pero si grabará la sentencia que los jueces del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictarán a finales de año o principios de 2020, y es que los expertos han interpretado que tras dichas conclusiones, la sentencia será favorable a los consumidores, sin perjuicio de la cautela que ha de mantenerse hasta la obtención de dicho fallo.

Lo que está dirimiéndose, una vez más, es la transparencia con la que la banca incluyó e informó a los clientes sobre el uso del IRPH en los préstamos hipotecarios.»

Maciej Szpunar
Abogado General del TJUE

¿Cómo puedo saber si mi hipoteca tiene IRPH?

Actualmente en España hay más de un millón de hipotecas referenciadas al IRPH, y para saber si nuestra hipoteca es una de ellas, bastaría con acudir a la escritura de préstamo hipotecario, donde aparecerá el tipo de referencia, apareciendo habitualmente en la cláusula tercera, y bajo cláusulas con el siguiente contenido: “tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para la adquisición de vivienda libre, concedidos por el conjunto de entidades…”.

No obstante, desde CEPERO ABOGADOS, recomendamos también revisar los recibos de la hipoteca y el tipo de interés que se viene abonando, pues atendiendo a que actualmente el Euribor está en negativo, si el tipo supera por mucho el diferencial contratado, es posible que la hipoteca esté referenciada al IRPH.

Si su hipoteca está referenciada al IRPH, puede reclamar aquellas cantidades abonadas indebidamente, dividiéndose el proceso en dos etapas/vías diferenciadas:

1

Presentación de reclamación en vía extrajudicial ante el Servicio de Atención al Cliente (SAC) solicitando la eliminación de dicho índice abusivo y la devolución de las cantidades abonadas de más.

2

En caso de que se desestime la reclamación, habría que interponer oportuna demanda ante los Tribunales.

Actualmente, existen varias Sentencias al respecto que han considerado abusivo el IRPH y lo han declarado nulo, ello sin perjuicio del pronunciamiento que efectúe el TJUE en los próximos meses.

Desde CEPERO ABOGADOS

Recomendamos siempre que se asesore por un profesional en aras a trazar la mejor estrategia jurídica de su asunto para obtener la tutela judicial perseguida en defensa de sus intereses.